Una factura electrónica es una factura que se
expide y recibe en formato electrónico.
Es importante señalar que la expedición de una
factura electrónica está condicionada al consentimiento de su destinatario. La
factura electrónica, por tanto, es una alternativa legal a la factura
tradicional en papel.
La aceptación podrá ser expresa o tácita. No obstante, la
necesidad de que el destinatario disponga de los conocimientos y equipos
necesarios para la recepción de la factura electrónica, precisa que esta
aceptación expresa o tácita constituya un consentimiento
informado, pues necesariamente aquel que estuviera recibiendo las facturas
en papel deberá haber tenido que ser previamente informado por ese mismo medio
por parte del expedidor, de que a partir de la fecha en que quede constancia de
su aceptación, se procederá a la remisión de facturas en formato electrónico.
En este sentido, no será suficiente el que el
expedidor conozca o solicite una dirección electrónica del destinatario de la
factura, o la mera información al mismo de la posibilidad de acceder y enviar
su factura a través de un portal o buzón electrónico desde el que con conexión
a Internet pueda descargar o consultar la factura. Será necesaria la constancia
expresa (por ejemplo, mediante la remisión expresa de la aceptación o, en su
caso, de la no aceptación, de la factura electrónica) o tácita (por ejemplo,
mediante la constatación de que el destinatario ha accedido a la página web o
portal electrónico del expedidor en el que se ponen a su disposición la
facturas electrónicas y no ha comunicado su rechazo a la recepción de las
facturas electrónicas) de que el destinatario ha dado su consentimiento
informado a la factura electrónica.
A partir del 15 de enero de 2015 las facturas
dirigidas a las Administraciones Públicas deberán ser electrónicas.Si usted es proveedor de bienes o servicios a las
Administraciones Públicas, nosotros le proporcionamos información y ayuda sobre
cómo cumplir con esta obligación de expedir facturas electrónicas en las
relaciones contractuales con las Administraciones Públicas.
Para más información: