Retenciones...

En el BOE de 11 de julio de 2015 se publicó el Real Decreto 9/2015, de 10 de julio, de reducción del IRPF, retenciones y otras, que entró en vigor ayer, 12 de julio de 2015.


Respecto a los trabajadores autónomos, bajo la perspectiva de incrementar su renta disponible, se reduce de forma generalizada el tipo de retención, que queda fijado en un 15%. Al mismo tiempo se rebaja al 7% el tipo de retención o ingreso a cuenta aplicable durante los tres primeros años de inicio de la actividad profesional.

En relación con las rentas del ahorro y otras rentas sujetas a retención, se minora el tipo de retención o ingreso a cuenta aplicable a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, que quedará fijado en el 19,5% frente al 20% actual.

Destacar igualmente que se declaran exentas las ayudas públicas concedidas por las Comunidades Autónomas o entidades locales para atender a colectivos en riesgo de exclusión social, situaciones de emergencia social, necesidades habitacionales de personas sin recursos o necesidades de alimentación, escolarización y demás necesidades básicas de menores o personas con discapacidad cuando carezcan de medios económicos suficientes.


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