Con fecha 27
de noviembre de 2014, se ha aprobado la Ley 26/2014, la cual reforma la Ley
35/2006 del IRPF. La Reforma Fiscal que entrará en vigor el 1 de enero de 2015
incluye importantes novedades.
Una de ellas
es la comprendida en su Disposición Adicional Única, y se refiere a la
regularización de deudas tributarias correspondientes a pensiones procedentes
del extranjero.
Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que hubieran percibido pensiones procedentes del exterior sujetas a tributación por dicho impuesto, de acuerdo con la normativa vigente, y no hubieran declarado tales rendimientos en los períodos impositivos cuyo plazo de declaración en período voluntario hubiera concluido a la fecha de entrada en vigor de esta disposición, podrán regularizar su situación tributaria sin exigencia de recargos, intereses ni sanciones, mediante la presentación de autoliquidaciones complementarias en los términos previstos en este apartado.
La regularización se efectuará
desde la entrada en vigor de esta disposición hasta el 30 de junio de 2015,
siendo este plazo improrrogable, mediante la presentación e ingreso de una
autoliquidación complementaria por cada uno de los períodos impositivos no
prescritos, incorporando los rendimientos correspondientes a la totalidad de
las pensiones percibidas procedentes del exterior sujetas a tributación de
acuerdo con la normativa vigente y que no fueron declaradas en los
correspondientes períodos voluntarios de declaración.
En otros términos, esta nueva norma afecta a residentes en
España que cobran una pensión procedente del exterior, y que puede tratarse de
pensionistas extranjeros residentes en España o pensionistas de españoles que,
tras haber sido emigrantes, perciben una pensión de procedente del
exterior.
Estas personas, si no han declarado las pensiones
percibidas del extranjero, pueden presentar declaraciones complementarias del
IRPF de los ejercicios no prescritos (es decir, de los años 2010, 2011, 2012 y
2013).
El plazo para hacerlo es desde 1 de enero y el 30 de junio
de 2015, durante el cuál se permitirá que todos aquellos residentes puedan
regularizar su situación tributaria derivada de la percepción de pensiones del
extranjero no declaradas en España, sin recargos, intereses de demora ni
sanciones.
Probablemente, la Agencia Tributaria se haya puesto en
contacto con las personas obligadas a efectuar dicha declaración. Si es su caso
y necesita información o aclaración, contacte con nosotros por vía telefónica
(923 121342), o email: contacto@martinvalcayo.es