La ayuda familiar es un subsidio de 426 euros al mes que se concede a los parados que carecen de rentas, tienen responsabilidades familiares y han agotado la prestación por desempleo.
El
plazo para solicitar la ayuda familiar es de 15 días hábiles desde el cumplimiento del mes de
espera. Si presentamos la solicitud más allá de los 15 días, no perdemos el
derecho a la ayuda, sino que simplemente no cobramos los días de
retraso.
Podemos presentar la solicitud hasta 12 meses después de finalizar el mes de espera si durante ese tiempo cambian las circunstancias por las que no teníamos derecho a solicitarla.
Podemos presentar la solicitud hasta 12 meses después de finalizar el mes de espera si durante ese tiempo cambian las circunstancias por las que no teníamos derecho a solicitarla.
En cuanto a la cuantía, para este 2015
se cobran 426 euros al mes, que es el 80% del
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
La ayuda familiar se
cobra durante seis meses, prorrogables por dos periodos de igual duración hasta un
máximo de 18 meses, con las siguientes excepciones:
- Las personas menores de 45 años que han agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, también tendrán derecho a otra prórroga de 6 meses hasta un total de 24 meses.
- Las personas mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de 4 meses, también tendrán derecho a otra extensión de 6 meses hasta un total de 24 meses.
- Las personas mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, también tendrán derecho a dos prórrogas de 6 meses hasta un total de 30 meses.
La
solicitud se presenta en la oficina de empleo del Servicio Público de Empleo
Estatal (antes INEM).
Para
más información:
contacto@martinvalcayo.es