... y otra reforma más


Siguiendo con novedades legislativas, esta vez aportamos un breve análisis de las principales reformas traídas por el Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. 

Este texto refundido comprende un total de 435 disposiciones: 373 artículos, 26 disposiciones adicionales, 25 transitorias y 8 finales. En esta reforma, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2016 (salvo alguna que otra excepción), se introducen las siguientes novedades:

*  En el Capítulo IV del Título I, bajo el epígrafe “Reconocimiento, determinación y mantenimiento del derecho a las prestaciones”, se regulan los distintos requisitos y condiciones para el reconocimiento de las prestaciones económicas de la Seguridad Social. Igualmente, se introduce la regulación básica del Registro de Prestaciones Sociales Públicas.

* Otra novedad es el derecho de los empresarios asociados, sus trabajadores y los trabajadores por cuenta propia adheridos a ser informados por las mutuas acerca de los datos referentes a ellos que obren en las mismas.

* Se añade una Sección 4ª al Capítulo VII del Título I, denominada “Fondo de reserva de la Seguridad Social”.

* Se incorpora un nuevo Capítulo VIII al Título I, “Procedimientos y notificaciones en materia de Seguridad Social”.

* Al tratar los procesos de incapacidad temporal, se regula en el artículo 170 las “Competencias sobre los procesos de incapacidad temporal” en los primeros 365 días y en los posteriores. 

Se trata de otra reforma importante más a sumar a todas las realizadas a lo largo del año. Parece que los legisladores se han tomado muy en serio el refranero español: "renovarse o morir".